ZZellere

Referencia de esta versión: 2026. Consulta las fuentes y supuestos de cada cálculo.

Calculadora de Vacaciones Dignas y Prima Vacacional (LFT 2026)

Estimación basada en Artículos 76 y 80 LFT y exención de 15 UMA ($1,759.65 MXN en 2026).

Reforma Vacaciones Dignas (Art. 76 LFT): 12 días el 1er año, +2 días por año.Mínimo legal: 25% sobre los días de vacaciones (Art. 80 LFT).
$1,750.00Prima vacacional neta (14 días de vacaciones)

Salario durante vacaciones: $7,000.00 · Prima bruta: $1,750.00 · Exento (tope 15 UMA): $1,750.00

Desglose paso a paso

Sueldo mensual bruto$15,000.00
Salario diario (Sueldo mensual ÷ 30)$500.00
Días de vacaciones por 2 año(s) de antigüedad (Art. 76 LFT)14 días
Pago de días de vacaciones (14 días — salario ordinario)$7,000.00
Prima vacacional bruta (25%) (Ley Federal del Trabajo — Art. 80)$1,750.00
Exención de ISR sobre prima vacacional (hasta 15 UMA diarias — Art. 93 LISR) (INEGI — UMA 2026 (DOF 09/01/2026, vigente desde 01/02/2026))$1,750.00
Prima vacacional gravada para ISR$0.00
ISR retenido sobre prima vacacional− $0.00
Prima vacacional neta a recibir$1,750.00
Total vacaciones + prima vacacional neta$8,750.00

Tabla oficial de Vacaciones Dignas en México (Art. 76 LFT)

Desde la entrada en vigor de la reforma de Vacaciones Dignas al Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores en México disfrutan de un mínimo de 12 días desde su primer aniversario laboral:

Años de antigüedad cumplidosDías de vacaciones obligatorios
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días
21 a 25 años28 días
26 a 30 años30 días

Ejemplo práctico: 2 años de antigüedad con sueldo de $15,000 MXN

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo cambiar mis días de vacaciones por dinero?

No. El Artículo 79 de la LFT prohíbe expresamente compensar las vacaciones con una remuneración económica mientras la relación de trabajo sigue vigente. Únicamente se pagan en dinero de forma proporcional cuando termina la relación laboral (en el finiquito o liquidación).

Fuentes oficiales